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      Dependiendo de la naturaleza del licitador que solicite la inscripción, deberá presentar junto a la solicitud de inscripción, la documentación exigida en el art. 6.3 del Reglamento y que el modelo oficial de inscripción recoge.


      Además podrán presentarse cualesquiera otros documentos no exigidos en el impreso de solicitud, pero que el interesado considere que deben obrar en el Registro para facilitarle su presentación en el caso de que fueren exigidos por cualquier convocatoria particular.

      Todos los documentos se presentarán en original o mediante copia que tenga el caráter de auténtica. No obstante podrán presentarse copias que serán compulsadas con sus originales por la Diputación de Almería. Los originales presentados podrán devolverse a solicitud del interesado, siendo sustituidos dichos documentos por fotocopias cotejadas, exentas, en su caso, de la correspondiente tasa de compulsa.

      Las empresas extranjeras presentarán la documentación que deban aportar traducida de forma oficial al Castellano.